Convivencia · Aprobacion: 16 de noviembre de 2023 · Entrada en vigor: 1 de enero de 2024 · Estado: vigente

Ordenanza de tenencia y protección de animales

Regula la tenencia responsable de animales de compañía, su identificación, la circulación por espacios públicos y la recogida de deyecciones.

La ordenanza parte del principio de tenencia responsable: quien convive con un animal asume su cuidado, su identificación y la reparación de las molestias que pueda causar a terceros.

Capítulo I. Obligaciones de las personas poseedoras

Artículo 1. Identificación y registro.

Los perros, gatos y hurones deberán estar identificados mediante microchip e inscritos en el censo municipal de animales de compañía en el plazo de tres meses desde su nacimiento o de un mes desde su adquisición.

Artículo 2. Circulación por espacios públicos.

Los animales circularán por la vía pública conducidos mediante correa. En las zonas de esparcimiento canino señalizadas podrán permanecer sueltos bajo la vigilancia directa de la persona responsable.

Artículo 3. Deyecciones y limpieza.

La persona que conduzca al animal está obligada a recoger sus deyecciones y a diluir con agua los orines depositados en fachadas, mobiliario urbano y alcorques.

Artículo 4. Molestias al vecindario.

La emisión de sonidos por animales que perturbe el descanso del vecindario se rige por lo dispuesto en los artículos 31 y 32 de la Ordenanza municipal de ruidos y vibraciones.